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FORMOSA

Solicitaron al Congreso Nacional que la Ley de Humedales no impida las actividades producitvas en el Norte Grande

Gialluca afirmó que, cualquier norma que se apruebe, debe respetar el dominio originario de los recursos naturales que les corresponden a las provincias, de lo contrario, se favorecerán procesos de inequidad territorial, poniendo en riesgo actividades económicas que una vez que aprueben los procesos de evaluación de impacto ambiental que posee cada provincia, originan fuentes de trabajo y desarrollo en cada una de las mismas-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, desde la -Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable-, remitió sendos pedidos formales a la Presidenta de la Cámara de Diputados de Nación Cecilia Moreau y al actual Presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano Grosso, Leonardo, dado que, a instancia de los bloques parlamentarios, se suspendió este jueves último, tratar el Proyecto de Ley de Humedales. Desde el Organismo de la Constitución, se afirmó, que entendemos que es fundamental y relevante sancionar una Ley de Humedales, luego de tantos años de debate, pero al mismo tiempo, consideramos que esta norma no puede ser aprobada sin que se tenga en cuenta las diversas realidades de las Provincias del Norte Grande. En este sentido, cualquier normativa que se apruebe debe considerar los siguientes postulados para garantizar la conservación y el desarrollo sostenible: * En este punto, confirmamos que el dominio originario de los recursos naturales les corresponde a las provincias y no hay ninguna que resigne de la responsabilidad de la conservación de sus humedales y los servicios ecosistémicos que prestan. Es responsabilidad de las mismas conservar y encontrar un equilibrio que garantice el desarrollo sostenible, manteniendo las actividades productivas, que son estratégicas en la región. De otra manera, se favorecerán procesos de inequidad territorial, poniendo en riesgo actividades económicas que son fundamentales para el bienestar de los ciudadanos. * Ninguna ley debe establecer definiciones y disposiciones que signifiquen la prohibición a las actividades productivas realizadas en forma sustentable que generan trabajo, ingresos y oportunidades de desarrollo a las Provincias del Norte. * La ley debe centrarse sobre los humedales naturales, no en los derivados de la acción antrópica, esto es de los seres humanos. * Debe respetarse en tal sentido, que corresponde a las provincias la potestad de realizar sus inventarios y deben ser ellas las que en coordinación con el Gobierno Nacional elaboren el Inventario Nacional. Lo mismo debe suceder con los ordenamientos territoriales de humedales. * Ninguna ley debe establecer moratorias que generen una paralización a las actividades productivas, ni a las actuales ni a los proyectos en desarrollo, ya que todos los proyectos que tengan lugar en humedales deben atravesar los correspondientes Procesos de Evaluación de Impacto Ambiental establecidos por las provincias. 

* El Fondo de humedales no debe ser inferior al 0,3 % del presupuesto nacional. Este fondo debe integrarse en el próximo presupuesto, para garantizar que las provincias puedan cumplir con las disposiciones de la ley. La distribución de los recursos de ese Fondo a las provincias debe realizarse con criterios objetivos, claros y justos. Asimismo, deben llegar a las jurisdicciones en la etapa inicial de aplicación, lo cual no obsta que posteriormente las jurisdicciones deban rendir cuenta de su uso y cumplir con condiciones. * Cualquier Órgano Consultivo que se incluya en una ley debe garantizar la participación de todos los sectores directamente involucrados en la gestión de humedales. Dicho Órgano debe ser de carácter consultivo, no reemplazará ni suplirá, la toma de decisiones por parte de las autoridades, ni deben representar estructuras administrativas adicionales. * Se debe consolidar el COFEMA como ámbito de articulación Interjurisdiccional para la coordinación de la implementación y aplicación efectiva de la ley, pues no es posible que el Proyecto de Ley del Consejo Federal de Medio Ambiente no haya sido enviado por el Ministerio de Ambiente de Nación al Congreso, puesto que allí es donde se establecen las expresiones más federales y de consenso de los últimos años en materia de humedales.

 

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